
El 7 de agosto de 2026 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo 115/2026, la reforma más ambiciosa al régimen antilavado mexicano desde la creación de la LFPIORPI. Entre sus disposiciones más relevantes, el Artículo 45 de las Reglas de Carácter General establece que, cuando el riesgo del sujeto obligado sea evaluado como alto o cuando éste así lo deciden el dictamen de auditoría anual deberá ser emitido por una persona auditora externa independiente que cuente, entre otros requisitos, con la certificación vigente que otorga la UIF .
Hasta aquí, la norma parece razonable. El problema es que esa certificación, hoy, es un bien escaso.
Una lista que existe, pero que no crece
La última convocatoria formal para obtener la certificación en prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita dirigida al sector de Actividades Vulnerables se publicó en septiembre de 2023. El examen se aplicó el 25 de noviembre de ese año.
Somos pocos. Y desde entonces, la UIF no ha abierto una nueva convocatoria para el sector de Actividades Vulnerables.
En octubre de 2025, la propia Unidad de Inteligencia Financiera emitió un comunicado revelador, la Convocatoria a la Certificación 2026 “será publicada en el Diario Oficial de la Federación una vez que concluya el proceso de armonización de la normativa secundaria en la materia”, Es decir, primero las reglas, después los certificados. Pero el Acuerdo 115/2026 ya está publicado y las nuevas exigencias de auditoría entran en vigor el 30 de noviembre de 2026 .
El cuello de botella
Las estimaciones del sector señalan que existen alrededor de 218,000 personas físicas y morales registradas en el padrón de actividades vulnerables. No todas requerirán auditor externo certificado, solo aquellas cuyo riesgo sea alto o que opten por esa modalidad. Pero incluso una fracción conservadora de ese universo representa una demanda que la oferta actual de certificados no puede satisfacer.
El problema es estructural. La certificación UIF no es un trámite de ventanilla. Requiere aprobar un examen, acreditar conocimientos sobre la LFPIORPI, su Reglamento, las Reglas de Carácter General y los estándares del FATF-GAFI. La certificación filtra, y lo hace con severidad.
Lo que significa estar certificado hoy
Para quienes obtuvimos el certificado en 2023, la situación es inusual. La vigencia de la certificación, conforme al artículo 34 Bis de las Reglas, es de cinco años . Eso significa que los certificados emitidos a finales de 2023 permanecerán vigentes hasta finales de 2028. Pero la UIF no ha publicado el mecanismo de recertificación ni ha aclarado cómo se articulará con las nuevas disposiciones del Acuerdo 115/2026.
Mientras tanto, el mercado ya está reaccionando. Los sujetos obligados de riesgo alto que necesiten contratar un auditor externo independiente para cumplir con el dictamen de marzo de 2029, el primero bajo el nuevo régimen, tendrán que buscarlo entre un universo limitado de personas certificadas. El Artículo 45 añade requisitos adicionales, título y cédula profesional, ya sea en México o en el extranjero, pero en áreas afines, al menos tres años de experiencia en la materia, ausencia de conflicto de interés con el auditado, y la prohibición de haber sido Representante Encargado de Cumplimiento del propio sujeto obligado durante el período auditado y los dos años posteriores. Las restricciones de independencia reducen aún más las opciones disponibles para cada sujeto obligado.
La pregunta que la UIF no ha respondido
El comunicado de octubre de 2025 prometía una convocatoria “una vez que concluya el proceso de armonización” . El Acuerdo 115/2026, publicado diez meses después, representa precisamente el cierre de ese proceso de armonización normativa. Pero de la convocatoria para el sector de Actividades Vulnerables, hasta ahora, no hay señales.
Esto deja una paradoja operativa, el nuevo régimen exige certificaciones vigentes para una función específica como la auditoría externa de sujetos de riesgo alto, pero al mismo tiempo se mantiene suspendida la vía para obtenerlas. Quienes ya estamos certificados no pedimos ventaja alguna. Pedimos que la UIF publique la convocatoria. Porque un régimen antilavado que exige certificación sin ofrecer el mecanismo para obtenerla no está protegiendo al sistema. Está protegiendo a unos pocos, por accidente.
Dr. Luis David Fernández Araya
Especialista en Fiscalización, Prevención de Lavado de Dinero y Financiamiento al Terrorismo